SERVICIO COMERCIALES
BONIFICACIÓN TOPE SGP para usuarios EBP y miPyMES:
Para los usuarios de la categoría SGP 1 y SGP 2, de servicio completo, regirá un límite de incremento del 50% en el VALOR DEL GAS (cargo fijo + valor gas) que hubiese correspondido de aplicarse para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el periodo de facturación corriente, tomando las tarifas correspondientes a los últimos cuadros tarifarios aprobados, incrementando un 50%.
¿Cómo accedes al beneficio?
Entidades de bien público (EBP):
Ante cualquier consulta, podés comunicarte:
Teléfono: 0800-333-3800 (línea gratuita para organizaciones)
Correo electrónico: info@cenoc.gob.ar
MiPyMES:
Adhesión al TOPE, EBP y miPyMES:
IMPORTANTE: para que se aplique el tope, la última factura emitida previa a la solicitud (si es que no se trata de un nuevo usuario), debe haber sido emitida bajo la categoría SGP-1 o SGP-2.